Consumo preferente y caducidad
En el programa 5 dies de 14/8/ 23 hablamos con Alba González sobre consumo preferente y caducidad. Productos caducados La normativa impone que, salvo escasas excepciones, los alimentos deben proporcionar información sobre su fecha de duración mínima, que se expresa como fecha de consumo preferente. Algunas excepciones son las bebidas alcohólicas, el azúcar, la sal y el vinagre, las frutas y hortalizas sin cortar ni tratar, los productos de bollería o panadería de consumo en el día de su elaboración, caramelos, chicles y preparaciones de azúcar. Dentro de la fecha de duración mínima, que determinará el fabricante, el alimento conserva sus propiedades específicas. De este modo, una vez rebasada la fecha de consumo preferente el alimento puede padecer una merma de color, aspecto, forma, sabor, el carácter crujiente u otra propiedad que afecte a su calidad organoléptica, aunque desde el punto de vista sanitario siga siendo seguro su consumo. Puede indicarse como un día especí...